ANTEPROYECTO DE RESOLUCION Por cuanto, el...

ANTEPROYECTO DE RESOLUCION
Por cuanto, el pueblo de San Sebastian, fundado en 1752, carece
de un escudo de armas que le sirva de sfmbolo comunal propio y
exclusivo;
Por cuanto, la posesian y uso de un escudo de armas sirve a un
pueblo de digno y adecuado distintivo, y ayuda a fomentar entre
sus habitantes sentimientos de legftimo orgullo y solidaridad
cfvicas;
Por cuanto, este Gobierno Municipal solicit6 del Instituto de
Cultura Puertorriquena que le suministrase los anteproyectos de
un escudo de armas y de una bandera para el pueblo y municipio de
San Sebastian;
Por cuanto, tanto el anteproyecto del escudo como el de bandera
municipal de San Sebastian, que han sido elaborados por el Insti-
tuto de Cultura y sometidos a nuestra consideraci6n han merecido
la aprobaci6n de esta Asamblea Municipal.
Por tanto, resuelvese por esta Asamblea Municipal:
40-6-.
A-44
Articulo

1: Adoptar como escudo y bandera oficiales del
i
,
pueblo y municipio de San Sebastian el escudo y bandera cuya
descripci6n y justificaci6n hist6rica y simbolica aparecen
en los documentos anexos, numerados I y II, y que por la
presente se hacen formar parte de esta Resoluci6n.
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f
X
Artfculo
Disponer que el escudo de San Sebastian figura-
rg en el sello oficial de este Municipio, y que tanto el es-
cudo como la bandera se utilizargn y llevaran en todos los
lugares y objetos en que suelen llevarse dichos escudos y
banderas;
Artfculo 3: Prohibir el uso de dicho escudo y dicha bandera
como insignias partidistas, marcas comerciales, o en forma
alguna que resulte lesiva a su caracter de emblema comdn de
todos los pepinianos; Disponiendose; que cualquier persona
o entidad que violare lo dispuesto en esta Resoluci6n podrg
ser convicto con la pena de $25.00 de multa o 25 dfas de
carcel;


-2-
Articulo 4: Ordenar que copia de esta Resoluci6n y de los
documentos que forman parte de la misma, sean enviadas a
la Secretarla de Estado de Puerto Rico, para su archivo y
registro.
En San Sebastign, a
dias del mes de
de 1962.

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